Liquidación del Impuesto de sucesiones y donaciones.

21.08.2019 10:33
 

 

Al aceptar una herencia y adjudicarnos unos bienes se debe liquidar y pagar el impuesto de sucesiones. En Barberà Estudi Jurídic estamos especializados en el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana.
 
La herencia del causante tributará según las normas tributarias de donde haya residido los últimos 5 años de su vida. Se debe tener en cuenta que existen reducciones por el grado de parentesco existente entre el causante fallecido y sus herederos. Por lo que si los que heredan no son parientes, el impuesto será superior al ser de aplicación un coeficiente multiplicador que lo incrementa. Al mismo tiempo se aplican unos coeficientes multiplicadores en función del patrimonio pre-existente que tengan los herederos, lo que conlleva que a mayor patrimonio previo, mayor incremento fiscal habrá el recibir una herencia.
 

Si bien, existen bonificaciones y exenciones en la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que quedan condicionados a la situación personal de cada heredero y del cumplimiento de unas determinadas condiciones personales.

 

Todo ello, sin pasar por alto que existe un plazo para pagar el Impuesto de sucesiones que es de 6 meses desde que se produce la defunción. Por lo que si por alguna cuestión la tramitación de la herencia llevará más tiempo y  no estamos en condiciones de realizar todos los trámites antes de ese plazo, lo recomendado es solicitar -antes de los 5 primeros meses desde el fallecimiento- una prórroga adicional de 6 meses, debiendo por dichos 6 meses abonar intereses de demora. Es cierto que ésta prórroga conlleva pagar intereses, pero evitaremos tener que pagar recargos superiores de la deuda por no haberla liquidado dentro del plazo.

Para el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana hay que presentar el modelo de autoliquidación obligatoriamente calculando el importe del impuesto. Y en caso de que el resultado de la liquidación salga a pagar, se deberá ingresar el importe a través de cualquier entidad bancaria colaboradora. 

 

 

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