¿Qué hacer cuando estamos ante una herencia sin testamento?

05.09.2019 13:04

 

 

En caso de defunción de un familiar o pariente cercano sin que haya otorgado testamento, debe realizarse el trámite de Declaración de herederos intestadaDicho trámite podrá podrá realizarse ante el Notario si se trata de familiares cercanos al difunto, ya que de lo contrario tendrá que solicitarse ante el Juzgado, si el causante es pariente lejanos del causante.

 

Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento estamos ante una sucesión intestada (ab intestato). La Ley designa unos herederos forzosos, estableciendo las proporciones en que han de heredar en estos casos. De modo que a falta de testamento,  la herencia le correspondería a los hijos y el usufructo de la al cónyuge viudo. En defecto de éstos, tendrían derechos hereditarios los ascendientes del difunto, es decir, sus padres o abuelos.  Y a falta de los anteriores, la herencia corresponderá a los colaterales, es decir, a los hermanos, tíos o primos hermanos del fallecido.

Te ofrecemos todo tipo de asesoramiento en la tramitación de la aceptación de herencias. No dudes en consultarnos tu caso, si ha fallecido algún familiar o pariente de tu entorno y necesitas saber los pasos a seguir y conocer cuáles son tus derechos respecto a su herencia. Estamos a tu disposición para lo que necesites. Puede contactar con nosotros, te recordamos que la primera consulta es gratuita.

 

Buscar en el sitio

Contacto

Barberà Estudi Jurídic C/ Guillem de Castro, 1-4 (46007) Valencia.
963804641